Nuevos límites de aportaciones a los productos del sistema de previsión social
21 Apr 2022

El pasado 1 de enero de 2022 entraba en vigor la reforma en materia de planes de pensiones para residentes fiscales en España, recogida en los presupuestos generales del Estado.

A continuación detallamos cómo quedan los nuevos límites de aportaciones a planes de pensiones.

Planes de pensiones individuales y productos para la jubilación


El límite máximo de aportaciones a planes de pensiones individuales, planes de previsión asegurados y demás productos del sistema de previsión social se reduce de 2.000 euros a 1.500 euros anuales. El límite máximo de reducción de la base imponible general del IRPF por aportaciones establecido en la Ley 35/2006 del IRPF es la menor de las dos siguientes cantidades: el 30 % de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos individualmente en el ejercicio o 1.500 euros anuales.


Planes de pensiones de empleo


Adicionalmente al límite anual máximo de aportaciones y contribuciones empresariales de 1.500 € a planes de pensiones y en el supuesto de planes de pensiones de empleo, se podrá incrementar dicho límite (1.500 €) en 8.500 €, siempre que tal incremento provenga de contribuciones empresariales o de aportaciones del trabajador al mismo plan de pensiones de empleo por importe igual o inferior a la respectiva contribución empresarial. A estos efectos, las cantidades aportadas por la empresa que deriven de una decisión del trabajador tendrán la consideración de aportaciones del trabajador; así mismo, las aportaciones propias que el empresario individual realice a planes de pensiones de empleo de los que , a su vez, sea promotor y partícipe, se considerarán como contribuciones empresariales, a efectos del cómputo de este límite. 
Este incremento tiene como objetivo impulsar los planes de pensiones de empleo, dado que tendrán un mayor atractivo al permitir desgravar fiscalmente en total hasta 10.000 euros (en el caso de ausencia de aportaciones del partícipe a cualquier sistema de previsión social) y siempre teniendo en cuenta el límite máximo de reducción de la base imponible general del IRPF por aportaciones establecido en la Ley 35/2006 del IRPF. 


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